miércoles, 11 de mayo de 2011

La aprobación y puesta en vigencia del nuevo sistema procesal penal colombiano, probablemente constituye el paso más audaz que en esa materia se haya dado en la historia jurídica del país.

La implementación de un procedimiento de corte resueltamente acusatorio para la investigación y el juzgamiento de las conductas infractoras de la ley penal, no consiste en la simple sustitución de un método por otro, sino que se erige en un verdadero cambio de paradigmas.

La duración de los procesos, la vigencia de las garantías fundamentales, las ventajas de la oralidad y el principio de la oportunidad son los aspectos más importantes en torno a las transformaciones significativas en el nuevo sistema.

El sistema actual de investigación de una conducta que merece castigo y juzgamiento de los responsables, es una dispendiosa sucesión de etapas que empieza por la recepción de la noticia criminal, la vinculación mediante indagatoria de autores y partícipes, la definición de la situación jurídica, la práctica de pruebas, el cierre de la investigación, los alegatos de los sujetos procesales, la calificación del mérito del sumario mediante acusación, la Duración de los Procesos celebración de audiencia preparatoria, la práctica de pruebas en el juicio, la audiencia de juzgamiento y, finalmente, la sentencia.

Todo ese trasegar se desarrolla hoy de forma escrita, lo que implica la acumulación de voluminosos expedientes, y emplea un tiempo promedio de 42 meses, suponiendo que no se acudiera mediante los recursos, al examen de las decisiones en segunda instancia. Cuando esto último ocurre, que es en la inmensa mayoría de los casos, la duración estimada puede duplicarse.

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